Se lastimó, lo reportó, y a las pocas semanas ya no tenía trabajo. O al revés: aguantó el dolor porque necesitaba el cheque, lo recortaron, y ahora alguien le dice que ya es tarde para reclamar.
Ninguna de las dos cosas es el final. En la compensación laboral de California («workers’ comp») perder el trabajo no borra una lesión de trabajo. Y si lo despidieron por reportarla, hay una ley aparte que castiga al empleador. Son dos peleas distintas y conviene entender las dos.
Primera pelea: lo despidieron por reclamar
Muchos trabajadores no reportan la lesión por miedo a que los corran. Algunos empleadores cuentan con ese miedo. La ley es clara: la sección 132a del Código Laboral prohíbe despedir, amenazar o discriminar a un trabajador por presentar un reclamo de compensación laboral, por decir que piensa presentarlo o por recibir beneficios.
Si el empleador la viola, usted puede recibir hasta $10,000 adicionales de compensación, más los salarios y beneficios perdidos, y en algunos casos la reinstalación en su puesto. Esa multa la paga el empleador de su propio bolsillo, no la aseguradora. La petición debe presentarse dentro de un año del acto de represalia.
Dos cosas que hay que saber. No todo despido después de una lesión es represalia; un recorte general o una razón documentada y real se analizan distinto. Y la represalia hay que probarla, así que las fechas, los mensajes y los testigos importan desde el primer día.
Segunda pelea: reclamar después del despido
Cuando el reclamo se presenta después de que le avisaron del despido o del recorte, la aseguradora va a alegar la defensa posterior al despido. Ojo con la fecha: lo que cuenta es cuándo le avisaron, no su último día de trabajo.
Esa defensa tiene excepciones escritas en la ley (sección 3600(a)(10)):
- El empleador ya sabía de la lesión antes del aviso. Un texto a su supervisor, un reporte de incidente o un testigo pueden probarlo.
- Ya existían registros médicos de la lesión antes del aviso, aunque haya ido con su doctor de siempre y no por la aseguradora.
- La lesión ocurrió entre el aviso y la fecha efectiva del despido.
- Es una lesión por trauma acumulativo, la que se formó con los años de trabajo, cuya fecha legal cae después del aviso.
El último punto es más importante de lo que parece. En un trauma acumulativo, la fecha legal de la lesión no es el primer día de dolor ni el último día de trabajo. Es cuando se juntan la incapacidad y el saber que el trabajo la causó (sección 5412). Esa fecha puede caer después de que lo despidieron, y con eso la defensa se cae. Lea más en lesiones por esfuerzo repetitivo.
Lo despidieron y le dicen que ya no puede reclamar. Llame o envíe un texto al 310-295-0822. Revisamos las fechas y los papeles gratis.
Guarde los papeles antes de perder el acceso
Si le van a cerrar el correo del trabajo o la aplicación de horarios, guarde ahora lo que es suyo:
- La carta o el mensaje del despido o recorte, con la fecha en que lo recibió.
- Los mensajes donde reportó dolor o pidió trabajo más liviano.
- Reportes médicos, fechas de citas y notas de restricciones.
- Sus horarios y una descripción de las tareas que le causaron el problema.
- Los nombres de quienes sabían de la lesión antes del despido.
Guarde los originales con sus fechas. No los reescriba en un resumen nuevo.
Si le dan un acuerdo de salida
Un acuerdo de liquidación o «severance» no cancela su reclamo de compensación laboral, aunque lo diga. La ley solo reconoce la liberación de un reclamo de compensación laboral cuando la aprueba un juez de la Junta de Apelaciones de Compensación Laboral (sección 5001). Aun así, no firme nada sin que alguien lo revise, porque esos papeles pueden afectar otros derechos.
Los cheques de incapacidad temporal después del despido
Si el doctor dice que no puede trabajar, la incapacidad temporal se sigue pagando aunque ya no tenga el empleo. La disputa normalmente es sobre qué dijo el doctor y cuándo. Por eso conviene tener los reportes médicos a la mano. Si ya le cortaron los cheques, lea le dejaron de llegar los cheques.
Plazos y casos especiales
La regla general es un año desde la fecha de la lesión o desde el último beneficio que le pagaron para iniciar el caso (sección 5405), con excepciones que peleamos seguido. Mientras más pronto, mejor. Las lesiones psicológicas por el trabajo tienen reglas propias después de un despido y una defensa adicional para el empleador; se analizan aparte. Vea nuestra página de lesiones psicológicas.
Preguntas frecuentes
Nunca le dije a nadie en el trabajo que me lastimé. ¿Puedo reclamar?
Sí. Si fue con un doctor antes del aviso de despido, esos registros pueden vencer la defensa. En un trauma acumulativo, el médico evaluador (QME) muchas veces la vence también.
Renuncié. ¿Es igual que si me hubieran despedido?
No. Renuncia, recorte y despido se analizan distinto. Cuéntenos cómo terminó el empleo y qué papeles firmó.
¿Me pueden despedir mientras estoy en incapacidad?
El empleador puede tomar decisiones de negocio reales, pero no puede castigarlo por el reclamo. Si lo despiden durante la incapacidad, guarde la carta y hable con nosotros de inmediato.
Dónde atendemos
Representamos a trabajadores de Los Ángeles, el Valle de San Fernando, Riverside, Corona, Moreno Valley, San Bernardino, el condado de Orange y el condado de Ventura. Las consultas son por teléfono, por texto o en persona, en español.
Cuéntenos cuándo supo que perdía el trabajo
En Lee Partners Law, David Lee y Michael Lee son Especialistas Certificados en Derecho de Compensación Laboral por el Colegio de Abogados de California. Antes defendíamos a las aseguradoras y sabemos exactamente cómo usan el despido para negar un reclamo. Llevamos estos casos a juicio todo el tiempo.
No tiene papeles: no importa, la ley lo protege igual. Sin costo por adelantado: los honorarios los fija la ley y salen de su compensación, no de su bolsillo.
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